Nuevas Disposiciones para Extranjeros Afectados por la DANA: Autorizaciones de Residencia y Prórrogas Excepcionales

El 12 de febrero de 2025, se ha publicado una resolución clave de la Secretaría de Estado de Migraciones que establece una serie de disposiciones especiales para aquellas personas extranjeras que se han visto afectadas por la DANA que causó severos daños en varias zonas de España entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Esta normativa introduce procedimientos excepcionales para prórrogas, renovaciones de autorizaciones de residencia y trabajo, y la concesión de nuevas autorizaciones por circunstancias excepcionales sobrevenidas, con el fin de garantizar que las personas extranjeras no pierdan su estatus legal debido a las consecuencias de la catástrofe natural.

¿Cuál es el objetivo de esta nueva disposición para personas extranjeras que se han visto afectadas por la DANA ?

El principal objetivo de esta disposición es aliviar las dificultades que las personas extranjeras han tenido para cumplir con los requisitos administrativos para renovar o prorrogar sus autorizaciones de residencia y trabajo debido a los efectos devastadores de la DANA. El impacto de este fenómeno natural ha hecho que muchos no pudieran cumplir con trámites importantes, como la afiliación a la Seguridad Social, la presentación de contratos de trabajo o la renovación de autorizaciones de estancia.

En muchos casos, los afectados se han encontrado en una situación de vulnerabilidad, sin poder completar los trámites necesarios debido a la catástrofe, lo que ha generado inseguridad jurídica tanto para las personas extranjeras como para los empleadores y las autoridades administrativas. Por ello, el Estado ha decidido implementar estas medidas excepcionales para evitar que las personas extranjeras se encuentren en una situación de irregularidad sobrevenida.

¿A quién va dirigida esta disposición para personas extranjeras que se han visto afectadas por la DANA ?

Esta disposición está dirigida a todas aquellas personas extranjeras que, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, tenían su domicilio o su lugar de trabajo en alguno de los municipios afectados por la DANA. Esta medida también afecta a sus familiares directos que vivían con ellas o que estaban en proceso de empadronarse en dichas áreas antes del 4 de noviembre de 2024.

¿Qué tipos de permisos se incluyen en esta disposición?

a) Renovación de Autorizaciones Temporales de Estancia y Trabajo

Las solicitudes de prórroga de autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo (como las de estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales y servicios de voluntariado) cuya vigencia expire entre el 30 de julio de 2024 y el 1 de abril de 2025, no podrán ser denegadas salvo por razones de orden público, seguridad o salud pública. Estas razones serán evaluadas mediante la comprobación de los antecedentes penales y la valoración del informe policial correspondiente.

¿ Donde se solicita la renovación?

Las personas interesadas deberán solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría correspondiente.

Además, si alguna solicitud de prórroga ha sido resuelta desfavorablemente antes de la entrada en vigor de estas instrucciones, será revisada de oficio por el órgano competente.

b) Autorizaciones de Residencia y Trabajo Supeditadas al Alta en la Seguridad Social

Para las autorizaciones de residencia y trabajo cuya eficacia esté vinculada al alta en la Seguridad Social, si el empleador no ha podido tramitar dicho alta debido a los efectos de la DANA, estas autorizaciones adquirirán eficacia desde el momento en que sean resueltas por la Oficina de Extranjería. No será necesario que el empleador registre al trabajador en la Seguridad Social para que el trabajador pueda comenzar a ejercer su actividad laboral.

¿ Donde se solicita esta autorización ?

Al igual que en el caso anterior, las personas interesadas deberán solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría correspondiente. Asimismo, si alguna solicitud de autorización de residencia y/o trabajo vinculada al alta en la Seguridad Social ha sido resuelta desfavorablemente, será revisada de oficio por el órgano competente.

c) Autorizaciones de Residencia y/o Trabajo en Trámite . Resolución Favorable

Las solicitudes de autorización de residencia y/o trabajo presentadas antes del 4 de noviembre de 2024, que no hayan podido cumplir con alguno de los requisitos debido a la DANA (por ejemplo, la imposibilidad de acreditar el alta en la Seguridad Social o un contrato de trabajo), serán resueltas favorablemente, siempre y cuando no haya causas de orden público, seguridad o salud pública que lo impidan.

La revisión de las solicitudes incluirá la comprobación de los antecedentes penales en España y la valoración de un informe policial, lo que garantiza que los solicitantes cumplan con los requisitos de seguridad exigidos por la normativa vigente.

d) Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas

1) Quiénes Pueden Solicitar la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas

Se podrá conceder una autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas a aquellas personas extranjeras que estuvieran empadronadas o hubieran solicitado cita para el empadronamiento en alguno de los municipios afectados por la DANA antes del 4 de noviembre de 2024. Esta autorización también podrá ser solicitada por los familiares directos de los solicitantes, como cónyuges, parejas estables o registradas, hijos menores de edad, y en algunos casos, hijos mayores de edad con discapacidad.

2) Cuáles son los requisitos para obtener la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas

Para obtener esta autorización, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar empadronados o haber solicitado cita para el empadronamiento antes del 4 de noviembre de 2024 en los municipios afectados por la DANA.

  2. No tener antecedentes penales en España ni en el país de residencia anterior durante los últimos cinco años, salvo que se haya residido de manera continua en España durante ese tiempo.

  3. No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.

  4. No tener prohibida la entrada en España ni figurar en los listados de rechazables en los países con los que España haya firmado convenios en este sentido.

  5. No estar sujeto a un compromiso de no retorno a España, si es que la persona ha retornado voluntariamente a su país de origen.

3) Cual es el Procedimiento de Solicitud  de la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas

La solicitud debe ser presentada de manera presencial o electrónica ante la Oficina de Extranjería correspondiente. Los solicitantes deben aportar la siguiente documentación:

  1. Copia completa del pasaporte en vigor, cédula de inscripción o título de viaje en vigor reconocido por España.

  2. Documentación acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en el punto anterior.

  3. En su caso, documentación acreditativa del vínculo familiar (por ejemplo, matrimonio, convivencia, etc.).

Si los documentos no pueden presentarse debido a los efectos de la DANA, se permitirán otros medios de prueba.

4) Plazos

Las solicitudes deben presentarse dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de las instrucciones. El plazo máximo para la resolución de estas solicitudes será de tres meses desde su presentación. Si transcurre este plazo sin que se haya emitido una resolución, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

5) Características de la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas

La autorización de residencia por circunstancias excepcionales tendrá una vigencia de un año, permitiendo al titular trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia en cualquier parte del territorio español, siempre que se cumpla con la edad mínima de admisión al trabajo.

En los dos meses previos a la expiración de la autorización, se podrá solicitar una modificación conforme al Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000. Si la solicitud de modificación se presenta dentro de los tres meses posteriores a la expiración de la autorización anterior, se prorrogará su validez hasta que se resuelva el procedimiento, sin perjuicio de un posible procedimiento sancionador.

e) Autorización de Residencia para Familiares de Víctimas Mortales de la DANA

En caso de que el solicitante sea un familiar de una víctima mortal de la DANA, podrán obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, que tendrá una vigencia de cinco años.

Plazos

  • Solicitud de prórrogas y renovaciones:
    Las solicitudes pueden presentarse hasta el 1 de abril de 2025, y las resoluciones deberán emitirse en un plazo de tres meses.

  • Solicitud de autorización por circunstancias excepcionales:
    El plazo para presentar la solicitud es de tres meses desde la vigencia de estas instrucciones, es decir, hasta mayo de 2025. El plazo de resolución será también de tres meses.

  • Autorización para familiares de víctimas mortales:
    Esta solicitud deberá hacerse dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento del familiar, y la resolución también se emitirá en un plazo de tres meses.

En Local Expat Solutions, entendemos lo complejo que puede ser navegar por los procedimientos legales y administrativos en España, especialmente en momentos excepcionales como los que han provocado las consecuencias de la DANA.

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