Permiso de residencia para familiares de españoles: Novedad del nuevo Reglamento de Extranjería

El nuevo Reglamento de Extranjería que entrará en vigor el próximo 20 de Mayo introduce una importante modificación en la tramitación del permiso de residencia para familiares extracomunitarios de familiares de ciudadanos españoles. Estas modificaciones amplían el concepto de "familiar" y precisan los requisitos para solicitar la residencia en España.

Te contamos las novedades para que puedas tenerlo en cuenta.

¿Quiénes pueden tramitar un permiso de residencia como familiar de un español?

A partir de la entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Extranjería los familiares para los que se puede tramitar este permiso de residencia van a ser los siguientes:

  1. Cónyuge,  pareja de hecho registrada o con vinculo estable del ciudadano español. En este apartado, el Reglamento introduce un cambio importante al contemplar la posibilidad de que una pareja de hecho no registrada pueda  para obtener esta autorización ,  siempre que se acredite una convivencia estable. Se presume este vínculo cuando ambos tienen un hijo en común.

  2. Descendientes  menores de 26 años del ciudadano español o de su cónyuge, pareja de hecho o con vínculo estable, o, si son mayores de dicha edad que dependan económicamente del ciudadano español.

  3. Ascendientes en primer grado ( padre o madre) del ciudadano español o de su cónyuge, pareja de hecho o con vínculo estable siempre que estén a su cargo y carezcan de otro apoyo familiar en el país de origen.

  4. Otros familiares, cuando se pueda demostrar que conviven con el ciudadano español o dependen económicamente de él. En estos casos, se debe demostrar la convivencia en el país de origen o la necesidad de cuidado por razones graves de salud o discapacidad

  5. Padre/madre/tutor de un menor de edad español.

  6. Cuidador de un español que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia reconocidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (la conocida ley de dependencia)

  7. Hijos de padre o madre que sean o hayan sido españoles de origen.

Una importante novedad es que estos  familiares  que obtienen este permiso de residencia a su vez pueden ejercer el derecho de reagrupación familiar de sus familiares directos

¿Que quiere decir  “estar a cargo”?

Este es un concepto muy  importante, pues de su valoración va a depender la posibilidad de  obtener la autorización de residencia . Ello va a implicar  tener que demostrar los siguientes puntos :

  1. Que el familiar extranjero depende económicamente del ciudadano español y para ello va a tener que  aportar pruebas contundentes  de que se encarga de sus  gastos esenciales , como por ejemplo justificar que  envia dinero  continuado por importes suficientes para el nivel de vida en el pais de origen. Las pruebas pueden incluir transferencias bancarias, giros internacionales, cobertura de gastos de manutención y alojamiento, y cualquier otro documento que acredite la dependencia financiera.

  2. Que  el ciudadano español dispone de medios económicos suficientes para mantenerse al margen de esta ayuda que presta a su familiar  demostrando estos hechos aportando certificados bancarios, declaraciones de Renta, informe patrimonial …y

  3. Que esta dependencia del familiar existía al menos un año  antes de la solicitud del permiso de residencia.

Para el caso de ascendientes se presume se encuentran a cargo cuando tengan 80 años. Sin necesidad de aportar las anteriores pruebas,

¿Cómo se tramita el permiso de residencia para familiares de ciudadano español ? 

Se puede tramitar de diferente manera dependiendo de si se encuentra en España o en el país de origen del familiar

  1. Si el ciudadano español está en España y el familiar está en su país de origen:, la solicitud  se inicia epor parte del español en la oficina de Extranjeria de su domicilio, la cual deberá resolver en el plazo  máximo de dos meses. 
    En caso de ser concedida la autorización, el familiar extranjero deberá solicitar el visado en la oficina consular española de su lugar de residencia para poder ingresar en España.

  2. Si ambos se encuentran fuera de España en el país de origen del extranjero, la solicitud ha de iniciarse por parte del  extranjero en la oficina Consular de  España en su lugar de residencia la cual deberá resolver en el plazo  máximo de dos meses.

  3. Si ambos se encuentran en España, se podrá iniciar la solicitud en España , solo en el caso de que se pida para  los siguientes familiares:

  • Cónyuge

  • Pareja registrada o Pareja estable

  • Los hijos del español menores de 18 años,  de su cónyuge, pareja registrada o pareja estable.

  • Padre o madre de niños menores de edad españoles.

  • El familiar que tenga la condición de cuidador de la persona española que tenga reconocido alguno de los grados de dependencia establecidos legalmente.

  • Los hijos de madre o padre que sean o hayan sido españoles de origen.

Ello quiere decir que no podrá ser solicitada en España la autorización ni para hijos mayores de 18 años ni para los ascendientes a cargo ( tanto del español como de su cónyuge, pareja de hecho o estable ) En estos casos se deberá  tramitar visado en la Oficina Consular del país de origen..

Periodo transitorio reconocido por la Disposicion transitoria 4ª a favor de la solicitud por parte de hijos mayores de 18 y ascendientes

Sin embargo, en el nuevo reglamento se abre un periodo transitorio de 6 meses donde los familiares ascendientes e hijos mayores de 18 años pueden tramitar este permiso de residencia  si ya se encuentran en España en el momento de la entrada en vigor.

Ello quiere decir que los ascendientes ( padre o madre )   o  los hijos mayores de 18 años de un ciudadano español o del cónyuge, pareja de hecho o pareja estable  de un ciudadano español, tendrán  hasta el 20 de diciembre de 2025  para poder presentar esta solicitud directamente en España en al oficina de extranjería de la residencia si ya se encuentran en España en el momento de la entrada en vigor del Reglamento .

¿Por cuánto tiempo es el permiso de residencia temporal para familiares de ciudadano español ?

  • Si la persona extranjera ya se encuentra en España, la autorización de residencia tendrá una validez de cinco años a partir de la fecha de concesión.

  • Si la persona extranjera se encuentra fuera de España, la autorización concedida tendrá igualmente una duración de cinco años, pero su efecto comenzará a partir de la fecha en que se efectúe la entrada en España.

¿Puedo perder la autorizacion de residencia si cambia o termina mi relación con el ciudadano español ?

SI. La vigencia de la autorización de residencia esta condicionada al hecho de que la persona titular de la misma continúe encontrándose en alguno de los supuestos que dan derecho a su obtención y mantenga el cumplimiento de los requisitos y condiciones.

Por eso se deben comunicar a la oficina de extranjería o la Comisaría de Policía correspondiente en el plazo de dos meses , todos los cambios de domicilio, nacionalidad, estado civil y las variaciones referidas a la  pareja registrada o estable.

Es causa de retirada o pérdida de la autorización cuando cese la  vida conyugal o familiar efectiva o se compruebe  que el ciudadano español o su pareja ha contraído matrimonio o mantiene una relación estable con otra persona.

No obstante se podrá optar a una autorización independiente cuando se produzca cualquier de estas situaciones:

    • El fallecimiento de la persona de nacionalidad española siempre que hayan residido en España antes del fallecimiento.

    • El cese de la residencia en España de la persona con nacionalidad española, siempre que los hijos o la pareja que tenga la custodia continuen residiendo  en España y se encuentren matriculados en un centro de enseñanza.

    • La nulidad del matrimonio, divorcio, o cancelación de la inscripción como pareja registrada  siempre que el matrimonio hubiera durado al menos  tres años y al menos uno hubiera sido en España

    • Cuando la persona extranjera fuera víctima de violencia de género, de violencia sexual, de un delito por conductas violentas ejercidas en el entorno familiar, víctima de trata de seres humanos por parte del familiar español

En todos estos supuestos, para mantener la autorización por el tiempo que reste de vigencia hasta su caducidad, se deberá solicitar expresamente ante la oficina de extranjería la residencia independiente en el plazo de los seis meses siguientes a la fecha en que se produzca el hecho.

Cuando no sea posible mantener la autorización, se puede solicitar la modificación de su  autorización a un nuevo permiso de los recogidos en el Reglamento  y para los que cumpla los requisitos, siempre que se solicite en el plazo de los tres meses siguientes a la fecha que se produzca la circunstancia que lo justifica o a los tres meses siguientes a la denegación de la solicitud de la residencia independiente.

¿ Cuáles son los Documentos que debo aportar para solicitar el permiso de  Residencia como familiar de Español ?

Para solicitar la residencia como familiar de ciudadano español, deberas acompañar la siguiente documentación:

  1. Copia completa del pasaporte o documento nacional de identidad del ciudadano español y del pasaporte completo del familiar extranjero.

  2. Documentación acreditativa de la existencia del vínculo familiar con el ciudadano español. En los casos de solicitud a favor de cónyuge o pareja, se necesita declaración responsable de que no reside con él en España otro cónyuge o pareja.

  3. Documentación acreditativa de dependencia económica, en los supuestos en los que así se exija. Se deberá acreditar la dependencia, la convivencia, el grado de parentesco y, en su caso, la existencia de motivos graves de salud o discapacidad.

  4. En el supuesto de pareja estable, documentación que justifique la existencia de una relación continuada con la pareja de nacionalidad española, el tiempo de convivencia y, en su caso, certificado de nacimiento de los descendientes comunes.

  5. Certificado de antecedentes penales del familiar extranjero, cuando sea requerido.

  6. Certificado de empadronamiento, que acredite el domicilio del solicitante en España.

¿Se puede trabajar con el permiso  de residencia temporal de familiar de ciudadano español?

Si , las personas extranjeras a las que se les conceda esta autorización tendrán derecho, durante su vigencia, a residir y trabajar sin necesidad de realizar ningún trámite administrativo adicional, siempre que se mantengan las condiciones previstas en la normativa y se cumpla la edad mínima de admisión al trabajo. Esta autorización permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia en cualquier parte del territorio español, en cualquier ocupación o sector de actividad.

Los familiares que hayan accedido a la autorización de residencia tras acreditar la condición de persona extranjera a cargo podrán mantenerla, incluso si comienzan a ejercer actividades económicas en España por cuenta propia o ajena. No obstante, siempre tendrán la opción de solicitar una autorización de residencia independiente.

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